Por Gonzalo Martínez Eguizabal *
Este artículo aborda la rigidez de los filtros socioculturales y laborales actuales, los cuales priorizan un modelo estandarizado de inteligencia y marginalizan a las personas con habilidades operativas y diversas. A través de una revisión crítica de las políticas sociales, examinamos cómo la estigmatización interseccional perpetúa respuestas paliativas que evaden la transformación sistémica. Se propone un cambio de paradigma hacia la valoración integral del talento humano, considerando la diversidad como un pilar fundamental para la cohesión comunitaria.
Introducción y planteamiento del problema
En este análisis se expone y denuncia frontalmente la aptitud de filtro social aceptada de forma acrítica como hecho válido en el mercado laboral contemporáneo, relegando a un limbo sistemático a personas portadoras de otras habilidades tan específicas como operativas para el conjunto de la sociedad. Si bien la Ley General de Discapacidad y de integración social (BOE, 2013) establece un porcentaje mínimo de reserva de cuotas para la contratación en el ámbito empresarial, este mecanismo legal opera con frecuencia como un cauce meramente reglamentario y paliativo.
Dicha normativa se aplica a menudo en puestos minusvalorados bajo premisas de prejuicios económicos y sociales profundamente arraigados. Más allá de las limitaciones de medición psicológica en torno a las inteligencias múltiples (Gardner, 1983), esta realidad evidencia un cierto apaciguamiento metodológico del trabajo social, adoptando una perspectiva pragmática y sumisa ante las exigencias utilitaristas del mercado.
El embudo social y la estandarización de conductas
Las respuestas institucionales y los programas de intervención terminan adaptándose a un embudo social diseñado por aparatos rentabilizadores. En este proceso se prescinde de la capacidad —altamente productiva y humana— de miles de personas etiquetadas desde temprana edad por dificultades emotivas, motoras, visuales o intelectivas (Fernández y De Lorenzo, 2014). Sostengo la firme convicción de que abandonar la esperanza vital de un vasto sector de seres humanos responde al temor de asumir un cambio profundo de paradigma en todo el sistema social.
Como señalaba Fromm (1941), citado en Pérez (2010), resulta más cómodo mimetizarse con la masa y ofrecer respuestas estandarizadas. Ello conduce a soluciones paliativas que eluden la raíz del conflicto:
- Reduccionismo normativo: Políticas públicas que miden el valor humano exclusivamente a través de parámetros estandarizados de rendimiento.
- Invisibilidad metodológica: La tendencia institucional a eludir los sesgos estructurales que generan exclusión laboral.
- Acción social desvirtuada: Pérdida del principio histórico de reciprocidad y dignidad inalienable del prójimo (Carvalho y Pinto, 2014; ONU, 1948).
Interseccionalidad, estigmatización y paradoja del talento
La estigmatización se multiplica exponencialmente cuando convergen factores de género femenino, disidencias sexo-genéricas, procedencias extracomunitarias o diversidades funcionales complejas (Deusdad et al., 2012). En un ecosistema socioeconómico donde el rendimiento medido mediante el Cociente Intelectual (Sternberg, 1985) se erige como dogma, sufrimos la flagrante paradoja de ser incapaces de reconocer a tiempo el talento genuino.
Desde la práctica profesional se constata que cualquier aportación —aparentemente invisible— desde una perspectiva de apoyo comunitario hasta matices relacionales que los algoritmos del mercado ignoran, posee un valor incalculable para contrarrestar la excesiva mercantilización de las organizaciones.
Conclusiones
En conclusión, el modelo socioeconómico vigente desaprovecha un potencial humano incalculable debido a su dependencia de métricas de inteligencia reduccionistas. Siguiendo los principios de rigor y simplicidad ética esenciales para cualquier transformación profunda, es imperativa una revisión radical de las políticas de intervención social, transitando hacia el reconocimiento activo de todas las formas de capacidad y garantizando una auténtica justicia inclusiva.
Referencias bibliográficas
BOE. (2013). Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Boletín Oficial del Estado, 289, 103289-103348.
Carvalho, M. I., y Pinto, C. (2014). Historia del trabajo social en Portugal. En T. Fernández y R. De Lorenzo (Ed.), Trabajo social. Una historia global (pp. 307-333). Madrid: McGraw-Hill Education.
Deusdad, B., Moya, E. M., y Chávez, S. (2012). Violencia de género y mujeres migrantes en la frontera: el caso de El Paso, Texas. Portularia, XII, 13-21.
Fernández, T., y De Lorenzo, R. (2014). Trabajo social. Una historia global. Madrid: McGraw-Hill Education.
Gardner, H. (1983). Frames of mind: The theory of multiple intelligences. New York: Basic Books.
ONU. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución 217 A (III).
Pérez, J. (2010). Sociología de las organizaciones complejas y exclusión social. Madrid: Editorial Síntesis.
Sternberg, R. J. (1985). Beyond IQ: A triarchic theory of human intelligence. Cambridge: Cambridge University Press.
* Gonzalo Martínez Eguizabal. Trabajador Social.
Máster en Inclusión Social y Discapacidad, Universidad de Deusto (2020). Diplomatura / Grado en Trabajo Social, Universidad de Deusto (2001). Especialista Universitario en Criminología, Universidad del País Vasco (UPV 1997-2000). Certificado de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria, Lanbide (2021), País Vasco.